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Actualidad 18/03/2011
El Vaticano acoge "con satisfacción" la sentencia de la Corte Europea sobre los crucifijos
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El portavoz de la Santa Sede, el padre Federico Lombardi, ha declarado que el Vaticano ha acogido "con satisfacción" la sentencia publicada este viernes por el Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la presencia de los crucifijos en las aulas. En este sentido, ha asegurado que la sentencia de la Corte Europea "hará historia" y ha destacado que el Tribunal Europeo reconoce "en un nivel jurídico internacional e imperativo" que la cultura de los derechos del hombre no puede ser "contraria a los fundamentos religiosos de la civilización europea a la que el cristianismo ha dado una contribución esencial".
Asimismo, el Vaticano ha declarado que "según el principio de subsidiariedad" es necesario que la Unión Europea "garantice en cada país un margen de apreciación respecto al valor de los símbolos religiosos en la propia historia cultural y en la identidad nacional" así como "el lugar de la exposición" de los símbolos religiosos. Lombardi ha subrayado que, en caso contrario y en nombre de la libertad religiosa, "se tendería paradójicamente a limitar e incluso a negar la libertad religiosa" de forma que "excluiría del espacio público cada expresión religiosa" y "violaría la libertad misma". De hecho, ha recordado que la sentencia de la Corte reconoce que la exposición del crucifijo "no es un adoctrinamiento, sino la expresión de la identidad cultural y religiosa de los países de tradición cristiana". Finalmente, Lombardi ha asegurado que la sentencia "contribuye eficazmente a restablecer la confianza en el Tribunal Europeo de gran parte de los europeos que están convencidos y son conscientes del papel determinante de los valores cristianos en su propia historia y en la construcción unitaria europea, en su cultura de derecho y de libertad". El Tribunal de Estrasburgo ha fallado este viernes, con 15 votos a favor y 2 en contra, que la presencia de los crucifijos en las aulas no constituye "una violación de los derechos de los padres a educar a sus hijos según sus convicciones" ni de "la libertad de religión de los alumnos" ya que "no subsisten elementos que puedan probar que el crucifijo influye eventualmente en los alumnos". La sentencia del Tribunal Europeo responde al recurso presentado por el Gobierno italiano contra el fallo precedente del mismo Tribunal por el llamado 'caso Lautsi', que declaró en el año 2009 que la presencia de los crucifijos en las escuelas públicas eran "una violación de los derechos de los padres" y de la libertad religiosa de los alumnos.
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